Sumario
- INTRODUCCION
- Artículo 1 Modificación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa
- Artículo 2 Adecuación del régimen jurídico de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria y la evaluación final de Bachillerato para el acceso a la Universidad al nuevo calendario de implantación
- Artículo 3 Adecuación del régimen jurídico de la evaluación final de la Educación Primaria al nuevo calendario de implantación
- Artículo 4 Títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria obtenidos durante el periodo de implantación de la evaluación final
- DISPOSICIONES FINALES
- Disposición final única Entrada en vigor
ttps://www.boe.es/boe/dias/2016/12/10/pdfs/BOE-A-2016-11733.pdf
Europa Press
El Ejecutivo ha modificado la disposición final quinta de la LOMCE, relativa al calendario de implantación de la ley educativa. Este texto deberá ser aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados, además de pasar por los órganos consultivos. Cuenta ya con la aprobación de la mayoría de las comunidades autónomas, tras la reunión del pasado 28 de noviembre en la Conferencia Sectorial de Educación. Estos cambios se hacen con el fin de “proporcionar seguridad jurídica” sobre las características y efectos de las evaluaciones mientras se alcanza el pacto educativo.
La ‘reválida’ de 2º Bachillerato sustituye a la antigua Selectividad, solo la tendrán que realizar los alumnos que quieran acceder a la Universidad
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el ministro de Educación y portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, ha recordado que este proyecto normativo responde a la promesa del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, de suspender los efectos académicos de las llamadas ‘reválidas’, así como a los compromisos alcanzados con Ciudadanos en el acuerdo de investidura. “El Gobierno cumple”, ha subrayado.
Asimismo, ha calificado de “esperanzadores” los resultados del informe PISA 2015 de la OCDE, así como la reducción del abandono escolar temprano en siete puntos desde 2011, datos que “permiten mantener una progresión positiva en la estrategia nacional para fortalecer la posición prioritaria que este Gobierno otorga al pacto nacional por la Educación”.
Evaluación muestral y sin efectos académicos
El examen de 6º de Primaria será muestral y no censal, lo que significa que las comunidades autónomas elegirán determinados centros para realizar la prueba. No tendrán que realizarla todos los alumnos de manera obligatoria -como sí ocurrió el curso pasado, cuando se realizó por primera vez-. Sin embargo, si alguna administración autonómica decide someter a todos sus alumnos a la evaluación, está facultada para ello.
Las comunidades autónomas elegirán determinados centros para realizar las evaluaciones de Primaria y la ESO, y no tendrán que examinarse todos los alumnos de forma obligatoria
Al igual que en Primaria, la ‘reválida’ de la ESO también será muestral. Únicamente se realizará al alumnado matriculado en 4º que haya sido seleccionado por la Administración.
La prueba no tendrá efectos académicos -no será necesario superarla para obtener un título- ni los resultados constarán en el expediente académico del estudiante. Se limitará a las materias troncales generales del último curso y no a las de toda la etapa.
La evaluación final de 2º Bachillerato sustituye a la antigua Selectividad, por lo que solo la tendrán que realizar los alumnos que quieran ir a la Universidad. Sus únicos efectos académicos serán los del acceso a las enseñanzas de Grado. Se limitará a las materias troncales generales del último curso y a las materias troncales de opción para subir nota, y no a las de 1º y 2º como establece la LOMCE.
Una orden ministerial -aún en fase de borrador- regulará las fechas y características de estas pruebas. La comunidad educativa debatirá la próxima semana el contenido de dicha orden ministerial en el Consejo Escolar del Estado, órgano consultivo por el que tiene que pasar toda la normativa en materia de enseñanza.
Un nuevo sistema educativo
Desde el Ministerio de Educación han subrayado la importancia de estas pruebas, “que facilitan información relevante para el diagnóstico del sistema educativo“. También han señalado que esta suspensión de los efectos académicos “no supone la paralización de las evaluaciones”.
El Ejecutivo destaca que el real decreto ley aprobado “introduce estos cambios hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación“. Así, establece un “periodo de transición hacia el nuevo sistema educativo que permita su aplicación con todas las garantías”.
http://www.bez.es/111221162/-decreto-ley-que-modifica-las-revalidas-de-la-LOMCE.html